La Ley 40/2015 es el tema de organización: quién es quién en la Administración General del Estado, cómo funcionan los órganos colegiados y cuándo responde la Administración por los daños que causa. Practica con preguntas tipo examen y explicación con el artículo exacto.
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Qué regula la Ley 40/2015
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la organización y el funcionamiento interno de las Administraciones: principios de actuación, órganos administrativos y colegiados, abstención y recusación, responsabilidad patrimonial, potestad sancionadora, convenios y el sector público institucional.
Mientras la Ley 39/2015 mira hacia fuera (el ciudadano frente a la Administración), la 40/2015 mira hacia dentro (cómo se organiza la Administración). Entender esa división evita la mitad de las confusiones entre ambas leyes.
Órganos superiores y órganos directivos de la AGE
Esta es la pregunta estrella del tema. Son órganos superiores únicamente los Ministros y los Secretarios de Estado (art. 55.3). Son órganos directivos los Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios Generales Técnicos, Directores Generales y Subdirectores Generales (art. 55.4).
Añade los rangos de la Administración periférica: los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas tienen rango de Subsecretario y los Subdelegados del Gobierno en las provincias, nivel de Subdirector General. Es un dato que se pregunta tal cual.
Delegación, avocación y encomienda: los cinco términos que se confunden
La competencia es irrenunciable y se ejerce por el órgano que la tiene atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación (art. 8.1). No todo es delegable: quedan fuera las relaciones con la Jefatura del Estado, la Presidencia del Gobierno, las Cortes Generales y las Presidencias de los Consejos de Gobierno y Asambleas de las Comunidades Autónomas; la adopción de disposiciones de carácter general; la resolución de recursos en los órganos que dictaron el acto recurrido; y las materias que así determine una norma con rango de ley (art. 9.2).
La avocación es el movimiento inverso a la delegación: un órgano superior asume para sí un asunto cuya resolución corresponde ordinariamente a uno inferior, debe motivarse por razones técnicas, económicas, sociales, jurídicas o territoriales y notificarse a los interesados antes de resolver (art. 10.1).
Las otras dos figuras se confunden con las anteriores por tocar también «quién hace el trabajo de quién», pero no mueven la competencia: la encomienda de gestión traslada solo tareas materiales o técnicas, y el órgano encomendante sigue siendo responsable de dictar los actos jurídicos (art. 11); la delegación de firma no altera la competencia ni se publica, y no cabe en resoluciones de carácter sancionador (art. 12.3).
Órganos colegiados
Para constituir válidamente un órgano colegiado se requiere la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y del Secretario (o de quienes les suplan) y de la mitad, al menos, de sus miembros (art. 17.2).
Abstención y recusación en la Ley 40/2015 (arts. 23 y 24)
Las dos figuras persiguen lo mismo, que no decida quien tiene un motivo para no ser imparcial, pero las activa una persona distinta. La abstención la promueve la propia autoridad o el empleado público, que debe apartarse y comunicarlo a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente (art. 23.1). La recusación la promueven los interesados cuando quien debía abstenerse no lo ha hecho (art. 24.1).
Los motivos son los mismos para las dos (art. 23.2): tener interés personal en el asunto, ser administrador de una sociedad interesada o tener una cuestión litigiosa pendiente con algún interesado; parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con los interesados o sus representantes, o compartir despacho profesional con ellos; amistad íntima o enemistad manifiesta; haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento; y tener relación de servicio con una persona interesada directamente en el asunto o haberle prestado servicios profesionales en los dos últimos años.
El procedimiento de la recusación se pregunta con sus plazos: se plantea por escrito, expresando la causa, en cualquier momento de la tramitación; al día siguiente el recusado manifiesta a su superior si se da o no la causa; si lo niega, el superior resuelve en tres días, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos (art. 24). Contra lo que se resuelva no cabe recurso, sin perjuicio de alegar la recusación al recurrir el acto que ponga fin al procedimiento (art. 24.5).
Y el matiz que más se falla: la actuación de una autoridad en la que concurría causa de abstención no implica necesariamente la invalidez de los actos en que haya intervenido (art. 23.4), pero no abstenerse cuando procede da lugar a responsabilidad (art. 23.5).
Responsabilidad patrimonial y potestad sancionadora
Los particulares tienen derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos cuando sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos (art. 32.1). La palabra clave es «normal o anormal»: la responsabilidad de la Administración es objetiva. Se excluyen los casos de fuerza mayor y los daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar.
En materia sancionadora, las disposiciones producen efecto retroactivo en cuanto favorezcan al presunto infractor o al infractor, tanto respecto de la infracción como de la sanción y de sus plazos de prescripción (art. 26.2).
Del sector público institucional estatal, retén qué lo integra: organismos autónomos y entidades públicas empresariales, autoridades administrativas independientes, sociedades mercantiles estatales, consorcios, fundaciones del sector público, fondos sin personalidad jurídica y las universidades públicas no transferidas (art. 84).
5 preguntas de muestra de este tema
Estas son preguntas reales de nuestro banco, con la explicación y el artículo. Despliega la respuesta cuando la hayas pensado.
Las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de:
A) Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho
B) Legalidad, publicidad, seguridad jurídica y responsabilidad
C) Necesidad, proporcionalidad y mínima intervención
D) Cooperación, colaboración y lealtad institucional únicamente
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Respuesta correcta: A) Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho
Ley 40/2015 · Art. 3Art. 3.1 de la Ley 40/2015, que reproduce el art. 103.1 CE añadiendo el sometimiento pleno a la Constitución. La tercera opción son los principios de intervención sobre la actividad de los ciudadanos (art. 4).
Para la válida constitución de un órgano colegiado se requiere la asistencia, presencial o a distancia, de:
A) El Presidente y el Secretario, o quienes les suplan, y de la mitad al menos de sus miembros
B) El Presidente y un tercio de sus miembros
C) Todos sus miembros
D) Dos tercios de sus miembros
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Respuesta correcta: A) El Presidente y el Secretario, o quienes les suplan, y de la mitad al menos de sus miembros
Ley 40/2015 · Art. 17.2Art. 17.2 de la Ley 40/2015. Ese quórum es exigible tanto para la constitución como para celebrar sesión, deliberar y adoptar acuerdos.
¿Cuál de los siguientes NO es un criterio de graduación de las sanciones administrativas?
A) La capacidad económica del infractor
B) La continuidad o persistencia en la conducta infractora
C) El grado de culpabilidad o la existencia de intencionalidad
D) La reincidencia por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza declarada por resolución firme en vía administrativa
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Respuesta correcta: A) La capacidad económica del infractor
Ley 40/2015 · Art. 29.3Art. 29.3 de la Ley 40/2015: los criterios son el grado de culpabilidad o intencionalidad, la continuidad o persistencia, la naturaleza de los perjuicios causados y la reincidencia. La capacidad económica no figura entre ellos.
Son órganos superiores de la Administración General del Estado:
A) Los Subsecretarios y los Directores generales
B) Los Subdirectores generales
C) Los Ministros y los Secretarios de Estado
D) Los Secretarios generales técnicos
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Respuesta correcta: C) Los Ministros y los Secretarios de Estado
Ley 40/2015 · Art. 55Art. 55.3 de la Ley 40/2015: son órganos superiores los Ministros y los Secretarios de Estado. El resto son órganos directivos. Los titulares de los órganos superiores establecen los planes de actuación; los directivos los desarrollan.
Los organismos autónomos estatales se caracterizan porque:
A) Se rigen íntegramente por el Derecho privado
B) Carecen de personalidad jurídica propia
C) Se financian exclusivamente con ingresos de mercado
D) Desarrollan actividades propias de la Administración Pública en régimen de descentralización funcional y se rigen por el Derecho administrativo
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Respuesta correcta: D) Desarrollan actividades propias de la Administración Pública en régimen de descentralización funcional y se rigen por el Derecho administrativo
Ley 40/2015 · Art. 98Art. 98 de la Ley 40/2015. La diferencia con las entidades públicas empresariales (art. 103) está en que éstas se financian mayoritariamente con ingresos de mercado y se rigen por el Derecho privado salvo en el ejercicio de potestades administrativas.